bolonia ,s.xii
anotaciones marginales con aclaraciones y explicaciones de los textos contenidos en el Digesto
métodos de la glosa
El corpus iuris canonici
En el Derecho castellano y en "las 7 partidas" de alfonso X
a la norma , adoptando el corpus iuris a las necesidades de la época
a partir del DR y Canónico. Al ius commune
al estudio secularizado del Derecho . mos gallicus
a las fuentes originarias
un derecho internacional
en la naturaleza del hombre. De la razón humana
dese finales del S.XVIII
Positivo
la iglesia y los tribunales episcopales